Ordenanzas HUT
Las nuevas tipologías de alojamiento emergentes, como son las viviendas de uso turístico, hogares compartidos y alojamientos singulares a los que se da cobertura al Decreto 75/2020 de 4 de agosto, requieren de una regulación específica adaptada a la casuística y necesidades de cada municipio.
Esta regulación es una herramienta para alcanzar unos niveles de calidad que estén a la altura de la oferta del resto de las tipologías que ya tienen una larga trayectoria.
Asimismo, desde las administraciones, debe fomentarse la convivencia entre todas las ofertas de alojamiento y el respeto de todas estas actividades con el entorno del municipio y sus habitantes.
Según el Decreto 75/2020 de 4 de agosto, esta regulación se puede ejercer en los siguientes ámbitos:
- En el régimen de intervención de la actividad.
- En los requisitos turísticos o sectoriales no turísticos (accesibilidad, salubridad, seguridad, impacto ambiental.....)
- En sus usos, incidiendo en la ordenación urbanística por ejemplo controlando emplazamientos respetando e incluso mejorando la calidad de los espacios urbanos.
QGlobal ha elaborado el texto base de la ordenanza de regulación de los alojamientos turísticos, y ahora le proponemos la adaptación de la ordenanza al caso específico de su municipio.
La regulación de los HUTs es una oportunidad que hay que aprovechar, y ahora tiene el acompañamiento más adecuado para hacerlo.