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ES
EL CORONAVIRUS EN EL ÁMBITO LABORAL
Instrucciones concretas sobre la actuación frente al coronavirus.
Aunque afortunadamente en nuestro país las afectaciones por coronavirus no están siendo especialmente graves, en otros puntos de España se han dado situaciones que están generando instrucciones concretas por parte de las administraciones. Nos parece que puede ser de interés para todos estar al corriente de estas instrucciones, sin que esto suponga extender una situación de alarma.
Es por este motivo que le detallamos este extracto, junto con los dos documentos completos publicados por el Ministerio de Trabajo y la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, que encontrará adjuntos en este mismo artículo.
Guía del Ministerio de Trabajo
Ante la situación de salud pública por el coronavirus, el Ministerio de Trabajo ha publicado una guía para la actuación en el ámbito laboral. La finalidad de la guía es facilitar la información necesaria sobre la aplicación de la normativa laboral en relación con las diferentes situaciones en las que se puedan encontrar las empresas y las personas trabajadoras. Encontrará adjunto el documento concreto, del que hacemos el siguiente extracto:
- La empresa debe garantizar la seguridad y la salud de las personas trabajadoras a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo, por lo tanto será necesario que contacte con su servicio de prevención de riesgos laborales y adopte las medidas preventivas que se le indiquen en función de su actividad.
- Es importante comunicar a los trabajadores medidas preventivas tales como lavarse las mandas a menudo o ventilar el centro de trabajo, así como comunicar si creen que pueden estar afectados por el virus.
- Cuando la actividad lo permita y en caso de que existe riesgo de contagio, se valorará la realización de teletrabajo.
- Si se ve con la necesidad de suspender su actividad total o parcialmente, el empresario tiene la opción de plantear un expediente de regulación de empleo temporal. Por ejemplo puede suspender los contratos de trabajo o reducir la jornada de sus trabajadores durante un tiempo)
Criterio de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social
Si un trabajador debe estar en régimen de aislamiento preventivo como consecuencia del coronavirus se le considerará en situación de incapacidad temporal por enfermedad común.