DESAPARECE LA OBLIGACIÓN DE ENTREGAR EL COMUNICADO DE BAJA MÉDICA A LA EMPRESA
El 1 de abril de 2023 entró en vigor un importante cambio que servirá para simplificar los trámites relacionados con las bajas médicas (incapacidad temporal IT).
A partir de ahora, el médico entregará una copia de la baja o alta médica al trabajador y éste no tendrá la obligación de entregarla a la empresa. La empresa será la responsable de descargarla desde el archivo de empresa del INSS.
El nuevo sistema funciona de la siguiente forma: el servicio público de salud, mutua o empresa colaboradora transmite telemáticamente los datos contenidos en los informes de baja, confirmación y alta médica en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Una vez recibida esta información, las empresas pueden consultar los datos a través del archivo del INSS. Lo que se llevará a cabo desde el Departamento Laboral como autorizado Red de la compañía. Nosotros informaremos a la empresa una vez recibida la información de la baja o alta médica para que estén al corriente de que su trabajador se encuentra en situación de baja o alta médica.
Por su parte, las empresas están obligadas a remitir los datos económicos de la baja al INSS en un plazo máximo de tres días hábiles a través del sistema RED. De esta forma, las empresas ya no deben transmitir al INSS los datos económicos contenidos en las partes de confirmación y registro, lo que también simplifica estos procesos.